Control
Sanitario de Productos
Procedimientos
adoptados por la ANVISA para el análisis de licencia de importación
- A las áreas
técnicas de la ANVISA en Brasilia, las Licencias de Importación
(Lis) de los productos constantes en los procedimientos 1, 1A, 2,
3, DONACIONES E INVESTIGACIÓN CLÍNICA, de acuerdo con
la Disposición Ministerial 772/98. Después de la AUTORIZACIÓN
DE EMBARQUE DE LA MERCANCÍA, el importador deberá encaminar
la LI a la Coordinación de Puertos, Aeropuertos y Fronteras
del Estado donde ocurrirá el despacho de la mercancía,
para inspección física de la carga y APROBACIÓN
de la autorización.
- A las Coordinaciones
de Puertos, Aeropuertos y Fronteras del Estado, que AUTORIZARÁN
EL EMBARQUE DE LA MERCANCÍA, las LIs de los productos constantes
en los procedimientos 4 y 5, de acuerdo con la Disposición
Ministerial 772/98. La inspección física y posterior
autorización ocurrirán después de la llegada
de la mercancía.
|
PROCEDIMIEN-TO
|
1
|
1a
|
2
|
3
|
|
SOLICITUD DE LA LICENCIA DE IMPORTACIÓN
|
ANTES DEL EMBARQUE EN EL EXTERIOR
|
|
ANÁLISIS PREVIA Y EXI-GENCIAS DOCU-MENTALES
|
ANÁLISIS PREVIA POR LOS SECTORES TÉCNICOS DE LA ANVS EN BRASILIA
|
|
PUNTO DE ENTRADA EM EL PAÍS Y AUTORIZACIÓN FINAL DE LA LICENCIA DE
IMPORTACIÓN, DESPUÉS DE INSPECCIÓN FÍSICA DE LA CARGA.
|
PUERTO O AEROPUERTO INTERNACIONAL DE RÍO DE JANEIRO
|
PUERTOS:
Santos/SP,
Río de Janeiro/R.J.
AEROPUER-TOS:
Confins/MG, Salgado Filho/RS, Guarulhos/SP, Brasília/DF,
Guararapes/PE, Rio de Janeiro/RJ e Eduardo Gomes/AM
|
TODOS LOS PUERTOS AEROPUERTOS Y ESTACIONES DE FRONTERAS INTERNACIO-NALES
|
|
TIPOS DE PRODUCTOS
|
DISPOSICIÓN MINISTERIAL SVS-344/98
Estupefacien-tes, narcóticos y precursores
|
DISPOSICIÓN MINISTERIAL SVS-344/98
Productos proscritos. Licencia sólo para uso en investigación
|
DISPOSICIÓN MINISTERIAL SVS-2.419/96
Resolución
- RDC
nº 46/2000
Sangre humana y hemoderi-vados
|
DISPOSICIÓN MINISTERIAL SVS-344/98
Otras substancias bajo control especial
|
|
PROCEDIMIEN-TO
|
4
|
5
|
DONACIONES
|
MIC/DTA y DTA
(Tránsito aduanero)
|
|
SOLICITUD DE LA LICENCIA DE IMPORTACIÓN
|
Antes del embarque en el exterior
|
Después del embarque en el exterior
|
Antes del embarque en el exterior
|
De acuerdo con el tipo de mercancía
|
|
ANÁLISIS PREVIO Y EXIGENCIAS DOCUMENTALES
|
Por el puesto de fiscalización sanitaria de puertos, aeropuertos y
fronteras del lugar de la liberación aduanera
|
Análisis técnico en Brasilia de acuerdo con el tipo de mercancía y
características del importador
|
Emisión automática de MIC/DTA E DTA, cuando se destine a terminales
aduaneras, excepto productos y substancias bajo control especial
|
|
PUNTO DE ENTRADA EN EL PAÍS Y AUTORIZACIÓN FINAL DE LA LICENCIA DE
IMPORTACIÓN, DESPUÉS DE LA INSPECCIÓN FÍSICA DE LA CARGA, CUANDO
NECESARIO
|
Cualquier puerto, aeropuerto o estación de frontera internacional
|
De acuerdo con el tipo de mercancía
|
Entrada por cualquier puerto, aeropuerto o estación de frontera internacional
y autorización por el puesto de fiscalización sanitaria de puertos,
aeropuertos y fronteras del lugar de la liberación aduanera
|
|
TIPOS DE PRODUCTOS
|
LEY 6.360/76- Medicamentos, correlaciona-dos, mat. prima, prod.
sanitarios, cosméticos, órganos y tejidos humanos
|
DEC LEY.986/69
Alimentos e insumos para industria de alimentos
|
Sólo para consumo del importador
|
Excepto productos y substancias bajo control especial
|
|